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12meses
Contabilidad por Igualas, declaraciones de impuesto.
Nos trasladamos a la provincia donde estés la empresa.
contacto: 829-677-5872
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12meses
Declaraciones juradas personas jurídicas, sociedades, declaración de IR2
Reserve al 829-677-5872
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1año
Reserve el cupo ahora, 829-677-5872, para la declaraciones juradas de IR2, Impuestos Sobre la Renta, Sociedades.
1año
Contrato un personal y quiere entrenarlo en las declaraciones de impuestos.
Se los entrenamos, en las declaraciones, en la presentación y en el llenado, también les enseñamos a manejar la oficina virtual de la dgii
Se los entrenamos, en las declaraciones, en la presentación y en el llenado, también les enseñamos a manejar la oficina virtual de la dgii
1año
Necesitas irse de viaje, pero no tiene quien le declare los impuestos, le trabaje la nomina.
Eso no es un problemas, llámenos y le estaremos asistiendo.
Eso no es un problemas, llámenos y le estaremos asistiendo.
1año
Si no tiene los Estados Financieros Auditados para tomar un prestamos, llámanos y lo elaboramos.
1año
Sabias que si la empresa no tiene operaciones, aun así debe declarar todos los meses, actualiza hoy, un 10% de descuentos en actualización
1año
Organización y control de su actividad financiera.
Declaraciones y actualizaciones de todos los impuestos
Asesoría de inversión.
Declaraciones y actualizaciones de todos los impuestos
Asesoría de inversión.
1año
Contabilidad por Igualas, Estados Financieros Auditados, Declaraciones de Impuestos, Actualización de Empresas.
1año
La EMPRESA ESTA EN EL INTERIOR DEL PAÍS y necesitas un contador para declarar los impuestos, NOS TRASLADAMOS hasta la empresa, le actualizamos todos los impuestos, IR2, IR17, IR3, IR4, IR13, IR15, TSS, 606, 607,608,609, 623, INFOTEP, ITBIS.
1a+
Para las empresas relacionadas le atrabajamos y le declaramos La DIOR (Precios de Transferencia ),
La DIOR deberá presentarse anualmente, dentro de los
ciento ochenta (180) días posteriores a la fecha de cierre
fiscal.
A partir del ejercicio fiscal 2022, la DIOR deberá
presentarse dentro de los ciento veinte (120) días
posteriores a la fecha de cierre, en la misma fecha que se
declara la Declaración Jurada anual del Impuesto Sobre la
Renta de Sociedades (IR-2).
La DIOR deberá presentarse anualmente, dentro de los
ciento ochenta (180) días posteriores a la fecha de cierre
fiscal.
A partir del ejercicio fiscal 2022, la DIOR deberá
presentarse dentro de los ciento veinte (120) días
posteriores a la fecha de cierre, en la misma fecha que se
declara la Declaración Jurada anual del Impuesto Sobre la
Renta de Sociedades (IR-2).
1a+
Le realizamos todo la gestión para que se acoja a la Ley 51-23, que Instaura un Tratamiento Especial Transitorio de Fiscalización, Gestión y Recuperación de Deuda Tributaria.
Importante:
La facilidad de pago establecida en el numeral 1 del artículo 21 de la Ley 51-23 consiste en realizar un pago único del 70% del impuesto determinado, sin los recargos por mora ni el interés indemniza torio.
Importante:
La facilidad de pago establecida en el numeral 1 del artículo 21 de la Ley 51-23 consiste en realizar un pago único del 70% del impuesto determinado, sin los recargos por mora ni el interés indemniza torio.
1a+
ITBIS, se declara el día 20 de cada mes.
Que pasa si no declara a tiempo?
los impuestos dejados de pagar en su fecha límite se les aplica los siguientes porcentajes de recargos por mora e interés indemniza torio:
• 10% de recargo por mora para el primer mes o fracción de mes y un 4% adicional por cada mes o fracción de mes subsiguiente al primero.
• 1.10% de interés indemniza torio por cada mes o fracción de mes.
Que pasa si no declara a tiempo?
los impuestos dejados de pagar en su fecha límite se les aplica los siguientes porcentajes de recargos por mora e interés indemniza torio:
• 10% de recargo por mora para el primer mes o fracción de mes y un 4% adicional por cada mes o fracción de mes subsiguiente al primero.
• 1.10% de interés indemniza torio por cada mes o fracción de mes.
1a+
Tiene una empresa que no tiene operaciones realiza un cese de operaciones y no tendrás que declarar impuestos
El cese temporal de operaciones “se realiza cuando los contribuyentes deciden suspender el ejercicio de su actividad económica, por un plazo no menor de un (1) año ni mayor de tres (3) años con el fin de que se in activen sus deberes tributarios”.
El cese temporal de operaciones “se realiza cuando los contribuyentes deciden suspender el ejercicio de su actividad económica, por un plazo no menor de un (1) año ni mayor de tres (3) años con el fin de que se in activen sus deberes tributarios”.
1a+
Te vas de vacaciones y estas pensando que pasara con las declaraciones de impuestos, eso no es un problema, nos encargamos de declarar todos los impuestos, trabajar la nomina, y la TSS, no importa si vives en el interior, nos trasladamos hasta su empresa.