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¿Qué pasa si presenta y paga después de la fecha límite?
Si realiza el pago después de la fecha límite, se le aplicará un 10% de recargo por mora sobre el valor del impuesto a pagar, por el primer mes o fracción de mes, un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracción de mes subsiguiente; así como un, 1.10% acumulativo de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes sobre el
monto a pagar.
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¿Cuáles son las tasas de retención que se le aplican al ITBIS?
Un 30% del ITBIS facturado a Personas Jurídicas
Un 100% del ITBIS facturado a Personas Jurídicas
Un 100% del ITBIS facturado a Personas Físicas
Un 100% del ITBIS facturado a personas no registradas como contribuyentes
Un 100% del ITBIS facturado a Instituciones Sin Fines de Lucro
Un 30% del ITBIS facturado en el pago con tarjetas de crédito y débito.
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